El abecé de la revisión periódica del gas natural. Los distribuidores deben informar qué organismos de inspección están autorizados.

El enfrentamiento que sostienen hace varios años los distribuidores de gas con algunos organismos de certificación autorizados para hacer la revisión obligatoria cada cinco años a las instalaciones domiciliarias sigue generando dudas en los usuarios.
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Tras los ajustes de los últimos años, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) actualizó en el 2016 la guía para este proceso, de la cual EL TIEMPO extractó los puntos claves para tener en cuenta.

¿Qué es la revisión periódica de cada cinco años?

Es la inspección obligatoria que realiza un organismo acreditado para ello ante el Onac (Organismo Nacional de Acreditación en Colombia) a la instalación interna de gas del usuario, dentro de unos plazos máximos y mínimos definidos, con base en un reglamento técnico vigente. Se hacen pruebas de hermeticidad, escapes y funcionamiento, para garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad exigidas.

¿Por qué se hace?

Porque las instalaciones defectuosas representan un alto riesgo que puede generar un accidente que afecte no solo al inmueble y al usuario de la instalación, sino al sistema general de suministro y a quienes están cerca.

¿Qué riesgos hay?

Puede haber incendios, explosiones e inhalación de monóxido de carbono, que generan riesgo de muerte o intoxicación para las personas.

¿Quién hace la revisión?

Un organismo de inspección acreditado ante el Onac. Actualmente hay 31 en todo el país. El usuario está en libertad de contratar directamente al organismo de inspección. La lista se puede consultar en www.onac.org.co en el título ‘Directorio de acreditaciones’.

¿Cuál es el proceso?

1. Según la Creg, cinco meses antes de cumplirse el plazo para hacer la revisión, el distribuidor le informa al usuario, a través de la factura, esta obligación y la de tener un certificado.

2. El distribuidor remite el listado actualizado de todos los Organismos de Inspección Acreditados (OIA) que pueden realizar la revisión periódica de la instalación interna de gas.

3. El usuario elige la firma que hará el trabajo, realiza la revisión periódica de su instalación interna de gas y obtiene el certificado.

¿Quién envía la certificación al distribuidor?

Si la revisión es satisfactoria, el distribuidor solo recibirá los certificados emitidos y enviados por los OIA. Pero el usuario puede hacer llegar al distribuidor la copia respectiva, para acreditar el cumplimiento de su obligación y evitar la suspensión del servicio.

¿En qué casos cortan el servicio?

Si 10 días antes de cumplirse el plazo máximo de la revisión periódica el distribuidor no ha recibido el certificado, debe informarle al usuario y darle 5 días calendario para que lo remita. Si se deja pasar este tiempo, el distribuidor procederá a suspender el servicio.

¿Cuánto cuesta la revisión?

Cada organismo de inspección define sus tarifas y el usuario escoge la que mejor le convenga. Lo importante es que el OIA esté avalado por el Onac.

¿Qué ocurre si la revisión no es satisfactoria?

El OIA no puede emitir el certificado y el usuario debe hacer los ajustes a su instalación para cumplir la normatividad técnica, asumiendo el costo. Solo cuando se cumplan con estos ajustes se puede obtener dicha certificación.

¿Se puede revisar en periodos menores a 5 años?

Siempre que haya un cambio de instalaciones se debe informar al distribuidor y hacer una revisión para obtener la certificación. Si se obtiene este documento, a partir de esa fecha comienzan a contar los 5 años para la revisión obligatoria.

 

Noticia de El Tiempo: http://www.eltiempo.com/economia/finanzas-personales/el-abece-de-la-revision-periodica-del-gas-natural-114322

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